Luego del desarrollo de las audiencias judiciales enmarcadas dentro del proceso investigativo y penal por el delito de porte, tráfico y fabricación de estupefacientes que se adelanta en contra de la Concejal Gloria Estrada, su compañero sentimental Martín Alonso y el empresario Avelino Villamizar; el Juez 18 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de la ciudad de Cartagena, encontró méritos suficientes en los elementos materiales de prueba aportados por la Fiscalía para emitir orden de detención intramural y domiciliaria en contra de los detenidos.
El Juez dictaminó que Estrada debe permanecer en su lugar de residencia cumpliendo con la orden judicial de detención domiciliaria y la misma decisión para el empresario Villamizar; en cuanto a Martín Alonso Barreto de la Hoz, el togado lo halló responsable directo de la droga que fue hallada en el vehículo; por lo que le fue dictada medida de aseguramiento en la cárcel de Terneras de Cartagena.
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La decisión tomada por el juez en contra de Barreto de la Hoz estuvo amparada en la cantidad de droga hallada en el vehículo, lo que lo cataloga como un acto criminal debido a cualquiera no puede tener acceso a esa cantidad de alucinógenos, lo que posiblemente lo vincula con algún tipo de organización delincuencial que expende alucinógenos a gran escala en la ciudad, esto sumado al delito de porte ilegal de armas de fuego que también le fue imputado por la Fiscalía.
Sin embargo, el proceso judicial continua en contra de los detenidos, la defensa tratará de impugnar la decisión del Juez de Control de Garantías en las próximas audiencias que hacen parte del proceso judicial.