Establecido en el artículo 23 de nuestra constitución Política Colombiana, es un derecho fundamental y es una herramienta con la que contamos todos los ciudadanos para presentar peticiones respetuosas ante las autoridades, así como también a entidades privadas, sin necesidad de formalismos o conceptos legales, este debe ser razonable y el deber de las autoridades a darles una pronta respuesta de fondo y veraz.
![](https://portaldigitalnoticias.com/wp-content/uploads/2022/09/Luis-Enrique-Romero-Abogado.jpeg)
Cabe anotar que activando los derechos de peticiones podemos de la misma forma reclamar otros derechos de carácter prestacional, económico o de otra índole.
Por medio de este podemos solicitar copia de documentos, información de nuestra historia laboral, solicitar la prestación de un servicio, quejas, reclamos etc.
Si por alguna razón o desconocimiento la petición la realizamos a una autoridad que no es la competente, esta tiene la obligación de darle traslado a la autoridad competente e informarle al peticionario las acciones tomadas.
El derecho de petición no es necesario que lo elabore un abogado ya que al momento de presentar el escrito se sobreentiende que es un derecho de petición, ejemplo si tenemos un problema con una entidad financiera y queremos saber en detalle la anomalía, presentamos la petición a esta y la entidad tiene el deber de dar respuesta en 15 días hábiles (esto quiere decir sin incluir sábado, domingo y días festivo).
Es necesario que al momento de enviar la petición se debe solicitar a la entidad un radicado o recibido o en su efecto el pantallazo del enviado, si lo hacemos vía correo electrónico o acuse de recibo, esto con el fin de poder de demostrar que la petición se realizó.
Ahora bien, ¿Qué podemos hacer en caso que la entidad pública o privada se niegue a contestarnos?
¿Qué mecanismo podemos activar? La respuesta la tendremos en nuestra próxima nota.
Este es un espacio para dar a conocer a las personas que no son profesionales del derecho, las diferentes herramientas legales con que contamos por ley para exigir nuestros derechos en lenguaje sencillo sin tecnicismos.
![](https://portaldigitalnoticias.com/wp-content/uploads/2022/09/IDER-1-2.jpg)
![](https://portaldigitalnoticias.com/wp-content/uploads/2022/09/DENVER-LTDA-3.jpeg)
laboral inmediata
12 respuestas
El derecho al servicio de la ciudadanía.
Espero sea de su agrado, Gracias.
Muchísimas gracias Abogado por tan valiosa información, que expresa de manera clara, corta y sencilla. Excelente aporte, espero conocer la respuesta a ¿Qué debo hacer si una entidad se niega a responderme un derecho de petición?
excelente artículo Dr Romero
por medio del.derecho de petición podemos reclamar nuestros derechoS…
Excelente,una herramienta muy útil para nosotros, personas no abogado
Muy acertado y oportuno el artículo publicado por el letrado y doctor en derecho. Lo bueno si breve, dos veces buenos. Excelente mi dilecto colega.
Excelente aporte para todos nosotros. Muchísimas gracias Dr. Romero.
Excelente su aporte con esta artículo. Muy agradecida, gracias a usted Dr Romero mis procesos estancados fueron más rápidos. Gracias a Dios se lograron los objetivos con mi mínimo vital que me negaban y usted logró conseguirlo a travez de todos los recursos jurídicos que uso para conseguirlo. Bendiciones, excelente su labor.
Muy pertinente el espacio para diligenciar derechos de petición, es una herramienta muy útil sin tanto trámite
Excelente enseñanza recibida del Dr Luis Enrique Romero, son muchas las pérdidas de oportunidades por desconocimiento absoluto de lo aquí he aprendido, en términos sencillos, claros, precisos y comprensibles.
Un lenguaje sencillo para la ciudadanía en general que no conoce de leyes, muy acertado al indicar que no se requiere de abogado para su activación y que tampoco es necesario invocarlo al momento de realizar la petición. Excelente doctor Romero.